A Cuantos Metros De Una Escuela Se Puede Vender Alcohol?

A Cuantos Metros De Una Escuela Se Puede Vender Alcohol
Alcohol: venta y consumo ¿Dónde está prohibido consumir alcohol? En calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público, bajo pena de una UTM. La sanción también vale para quienes sean sorprendidos en los mismos lugares en estado de ebriedad.

  • ¿Dónde está prohibido vender alcohol? En vías, plazas y paseos públicos; teatros, cines, circos y demás centros públicos de diversión que no tengan patente de cabaret; estaciones ferroviarias, trenes y demás vehículos de transporte, a menos que la venta se haga en forma localizada.
  • También se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en estaciones de servicio o bombas bencineras, salvo que en ellas existan establecimientos o restaurantes que cuenten con patente que permita su venta.

¿Hay restricciones para instalar una botillería o un bar? Sí. No se entregarán patentes de expendio de alcoholes a locales que estén a menos de 100 metros de colegios, establecimientos de salud, recintos penitenciarios, recintos militares, recintos policiales y terminales de locomoción colectiva.

  1. Tampoco se puede en los lugares destinados a la habitación (casas, edificios, etc.), salvo cuando hay locales comerciales.
  2. ¿En qué horarios deben funcionar las botillerías y bares? Los negocios que venden alcohol para consumir fuera del local (como botillerías) pueden funcionar entre las 9:00 y la 1:00 am del día siguiente en días de semana, y entre las 9:00 y las 3:00 am del día siguiente en sábados y festivos.

Los negocios que venden alcohol para consumir dentro del local (como restaurantes y bares) pueden funcionar entre las 9:00 y las 4:00 am del día siguiente en días de semana, y entre las 9:00 y las 5:00 am del día siguiente en sábados y festivos. Las discotecas pueden funcionar entre las 19:00 y las 4:00 am del día siguiente en la semana, y entre las 19:00 y 5:00 am del día siguiente en sábados y festivos.

Adicionalmente, los alcaldes tienen la atribución, previo acuerdo con el concejo municipal, de establecer zonas de horarios diferenciados en sus comunas, por ejemplo para poner horarios de cierre distintos en zonas residenciales y áreas turísticas. Estas restricciones se suspenden en Fiestas Patrias y Año Nuevo.

Si un hotel tiene bar, ¿debe cerrar también? No necesariamente. Los hoteles, hoteles de turismo, supermercados, grandes tiendas y, en general, aquellos locales que tienen un anexo donde se venda alcohol, deberán aislar esa área para cumplir con el horario de cierre y que el resto del establecimiento pueda seguir funcionando.

¿Se puede vender alcohol en los estadios? No, está prohibida la venta de alcohol en cualquier tipo de envase en los recintos deportivos, a menos que se efectúe en recintos delimitados que tengan patente de restaurante o círculo o club social con personalidad jurídica (por ejemplo, un club de golf). Además, si el Intendente regional califica un partido de fútbol como de “alto riesgo”, puede decretar la prohibición de la venta de alcohol en un perímetro máximo de cinco cuadras circundantes al estadio, por un período de tres horas antes del inicio del juego hasta tres horas después.

¿Qué sanción hay por vender alcohol a menores de 18 años? El que venda, obsequie, ofrezca o proporcione o suministre bebidas alcohólicas, a un menor de dieciocho años, en los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas recibirá una sanción penal de prisión en su grado medio (21 días a 40 días) y multa de tres a diez unidades tributarias mensuales.

¿Cómo los locatarios verifican si le venden alcohol a un menor? La ley obliga a que en cada venta quienes atiendan estarán obligados a exigir la cédula de identidad u otro documento de identificación expedido por la autoridad pública, a todas las personas que deseen adquirir bebidas alcohólicas. Mientras se encuentren cumpliendo con sus funciones fiscalizadoras, los inspectores municipales estarán facultados para solicitar alguna identificación que acredite la edad de los compradores.

Si fuera el administrador o dueño del establecimiento quien venda alcohol a un menor de edad la pena será prisión en su grado máximo (hasta 60 días), multa de cincuenta a cien unidades tributarias mensuales y clausura temporal del establecimiento, por un período no superior a tres meses.

Iguales penas se le aplicarán si indujera a menores de edad al consumo de bebidas alcohólicas, sea directamente o por medio de publicidad. En mi colegio se va a hacer una peña folclórica y quieren vender alcohol. ¿Está prohibido? Se prohíbe la venta, suministro o consumo de toda clase de bebidas alcohólicas en los establecimientos educacionales.

No obstante, la dirección del respectivo establecimiento, sólo a solicitud del centro general de padres y apoderados o con la aprobación de este, podrá autorizar que se proporcionen y consuman bebidas alcohólicas durante Fiestas Patrias o actividades de beneficencia que se realicen hasta por tres veces en cada año calendario.

  1. Se deberá contar, asimismo, con la autorización de Carabineros de Chile y de la respectiva municipalidad, las que no se concederán durante el año escolar a establecimientos que cuenten con internado.
  2. La dirección del establecimiento velará por el correcto uso de la autorización concedida y porque la realización de la actividad no afecte, de manera alguna, el normal desarrollo de las actividades educacionales.

Este permiso será válido solo para aquellas localidades que no cuenten con un lugar para dicho evento. ¿Qué restricciones de acceso se le impone a los establecimientos respecto a los menores de edad? Se prohíbe el ingreso de menores de dieciocho años a los cabarés, cantinas, bares y tabernas.

También se prohíbe el ingreso de menores de dieciocho años a las discotecas cuando en ellas se expendan bebidas alcohólicas. El administrador o dueño de esos establecimientos, así como quien atienda en ellos, estará obligado a exigir la cédula de identidad u otro documento de identificación a todas las personas que deseen ingresar.

La infracción de esta prohibición será castigada con multa de tres a diez unidades tributarias mensuales. La multa podrá imponerse doblada a los administradores o dueños de los establecimientos, en caso de que el ingreso de menores haya sido autorizado o inducido por estos.

La segunda vez que se incurra en esta contravención se aplicará el doble de la multa y la clausura temporal del establecimiento, por un período no superior a tres meses. La tercera vez se castigará con el triple de la multa y la clausura definitiva, pudiendo imponerse, además, la cancelación de la patente de alcoholes respectiva.

A los negocios que tengan patente de restaurantes pueden ingresar los menores de edad. ¿Qué se exige a los establecimientos educacionales? El currículo de los establecimientos de enseñanza parvularia, básica o media deberá incorporar la formación de hábitos de vida saludable y el desarrollo de factores protectores contra el abuso del alcohol.

  1. Se incluirán temas relativos a cultura gastronómica y a actividades sociales que consideren un consumo adecuado de bebidas alcohólicas, a fin de prevenir positivamente el alcoholismo.
  2. Esos planes se deben elaborar en el plazo de un año desde la publicación de la Ley N° 21.363.
  3. ¿Qué destino tienen las multas consideradas en la ley? El 40 por ciento de las sumas que ingresen por multas de la Ley de Alcoholes se destinará a los Servicios de Salud para el financiamiento y desarrollo de los programas de prevención, tratamiento y rehabilitación de personas que presenten un consumo perjudicial de alcohol y dependencia del mismo, y a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud para medidas de protección de la salud pública en aspectos relativos al consumo nocivo de alcohol.

El 60 por ciento se destinará a las municipalidades, para la fiscalización de dichas infracciones y para el desarrollo de los programas de prevención del consumo perjudicial de alcohol y rehabilitación social de personas alcohólicas. ¿Qué diferencia hay entre manejar “bajo la influencia del alcohol” y “en estado de ebriedad”? Se define “bajo la influencia del alcohol” cuando el índice de alcohol en la sangre es superior a 0,3 e inferior a 0,8 gramos por mil.

  1. Si sólo se han causado daños materiales o lesiones leves: multa de entre 1 y 5 UTM y suspensión de la licencia de conducir por seis meses.
  2. Si se han causado lesiones menos graves: prisión en grado mínimo (uno a veinte días), multa de 4 a 10 UTM y suspensión de la licencia por nueve meses.
  3. Si se han causado lesiones graves: reclusión o relegación menor en grado mínimo (de 61 a 540 días) o multa de 11 a 20 UTM, cuando importare simple delito y suspensión de la licencia de 18 a 36 meses.
  4. Si se han causado lesiones gravísimas o la muerte: reclusión menor en grado máximo (de tres años y un día, a cinco años), multa de 21 a 30 UTM y suspensión de la licencia de 36 a 60 meses. Si hay reincidencia, suspensión de la licencia entre 48 y 72 meses.
  • Las penas de multas podrán ser reemplazadas, a solicitud del infractor, por trabajos a favor de la comunidad y la asistencia a charlas sobre la conducción bajo los efectos del alcohol.
  • ¿Qué sanciones hay por manejar en estado de ebriedad?
  1. Si no se han causado daños o se causan sólo daños materiales o lesiones leves: presidio menor en grado mínimo (de 61 a 540 días), multa entre 2 y 10 UTM y suspensión de la licencia por dos años, cinco años en la segunda ocasión y cancelación de la licencia si es sorprendido una tercera vez.
  2. Si se han causado lesiones graves o menos graves: presidio menor en grado medio (541 días a tres años), multa entre 4 y 12 UTM y suspensión de la licencia por 36 meses en el caso de producirse lesiones menos graves, y de cinco años en el caso de lesiones graves. En caso de reincidencia, el juez decretará la cancelación de la licencia.

Sí la víctima resultó con lesiones gravísimas, la pena aplicada será de presidio menor en su grado máximo (de tres años y un día a cinco años). En el caso de que la víctima muera, la pena aplicada va de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo (de tres años y un día a diez años de presidio).

  1. Si la persona es reincidente en este tipo de delitos, salvo que ya hubiese pasado diez años, en el caso de un crimen o de cinco en caso de un simple delito.
  2. Si se trata de un conductor profesional que participó en el accidente ejerciendo sus funciones.
  3. Si el responsable conducía el vehículo con su licencia de conducir cancelada, o si estaba inhabilitado a perpetuidad para conducir vehículos motorizados.
See also:  Identificacion De Situaciones Que Propician Conflictos En La Escuela?

El condenado por conducir en estado de ebriedad causando la muerte o lesiones gravísimas podrá recibir alguna pena sustitutiva (como libertad vigilada o remisión condicional de la pena), pero esa pena quedará suspendida por un año. Eso significa que deberá obligatoriamente cumplir un año de cárcel efectiva antes de salir libre.

Por ejemplo, si se le sanciona a tres años y un día de presidio con libertad vigilada, esa pena alternativa sólo se le considerará luego de cumplir un año preso. ¿Quiénes se encargan de vigilar e inspeccionar los locales de venta de alcohol? Carabineros de Chile e inspectores municipales y fiscales, dentro de sus competencias.

¿Qué dispone la ley sobre la inscripción de las patentes de alcoholes? En la patente deberá anotarse el nombre del dueño, número de su cédula de identidad con indicación del lugar de su otorgamiento y la dirección del negocio. Igual anotación se hará respecto de quien adquiera de una patente, en caso de transferencia, o respecto del poseedor o tenedor a cualquier título de ella.

Si fuera una persona jurídica (empresa u organización), deberá dejarse constancia del o los administradores o gerentes. Las patentes sólo pueden transferirse previa inscripción en la oficina municipal que corresponda, y a personas que no estén comprendidas en las prohibiciones que contempla la ley (determinadas autoridades, funcionarios fiscales o municipales, menores de 18 años, personas condenadas por delitos o crímenes, dueños o administradores de negocios clausurados definitivamente).

Las patentes de establecimientos clausurados definitivamente son intransferibles. : Alcohol: venta y consumo

¿Qué distancia debe haber entre una escuela y un bar?

Las autoridades educativas de la federación, de las entidades federativas y de los municipios, deberán cerciorarse que a cuando menos 400 metros de los centros educativos no haya establecimientos comerciales que vendan bebidas alcohólicas.

¿Qué negocios no pueden estar cerca de escuelas?

‘ARTÍCULO 20. Está prohibida la venta, el consumo y anunciar bebidas alcohólicas en cualquier lugar o espacio exterior, en un radio de cien metros respecto de una escuela o institución educativa de cualquier índole, centros o unidades deportivas’.

¿Qué dice la nueva ley de alcoholes?

– Toda bebida de graduación alcohólica igual o mayor a 0.5 grados que esté destinada a su comercialización en Chile deberá llevar en el envase que la contenga una advertencia clara, precisa y visible sobre las consecuencias de su consumo nocivo.

¿Qué pasa si meto alcohol a la escuela?

El consumo de bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas entre la población estudiantil se asocia con diferentes efectos indeseables: Disminución en el desempeño académico. Problemas familiares.

¿Que se vende en un bar de escuela?

En la escuela San Francisco de Quito. Abel Velasco alista los productos antes del recreo. En el bar se expenden alimentos caseros y procesados y también gaseosas. El 14% de los escolares y el 22% de los adolescentes tienen sobrepeso en el Ecuador. Lo señala un estudio realizado por la Maestría de Nutrición de la Universidad Central de Quito. Asimismo, la Sociedad Ecuatoriana de Ciencias de la Alimentación y Nutrición (Secian) hizo una investigación en establecimientos educativos de Quito, Guayaquil y Cuenca.

  1. Los resultados evidenciaron que los escolares prefieren papas fritas, galletas, sánduches, salchipapas, hamburguesas, hot dogs, pan, chocolates y chupetes.Los datos dieron una campanada de alerta en los ministerios de Educación y de Salud Pública.
  2. Ambos expidieron un nuevo reglamento para el funcionamiento de los bares escolares del Sistema Educativo Nacional.

¿Qué novedades trae la normativa? En primera instancia, especifica los contenidos de grasas, azúcares y sal que deben contener los productos que se expendan en los bares. Así, según la tabla de indicadores de exceso que se incluye en el reglamento, cada 100 gramos de un alimento no debe tener más de 20 gramos de grasa.

Otro detalle: se agrega un listado de alimentos con alto contenido de nutrientes que no podrán ser comercializados en los bares escolares. Entre ellos están el chicharrón, habas procesadas, papas fritas, bebidas hidratantes, jugos procesados y envasados, gaseosas, caramelos, chicles, papas con cuero, etc.

La promulgación del reglamento es un llamado a los fabricantes de estos productos para que mejoren la calidad nutricional si quieren que sus productos sean comercializados en los bares. Así lo explicó Teodoro Barros, director nacional de Educación. “Si las papas fritas cumplen con la tabla de indicadores de exceso, entonces podrán ser comercializadas en los bares”.

Tras la expedición de la normativa, empezó una fase de difusión entre los supervisores de Educación, rectores y directores. En la tercera semana de mayo, empezará la capacitación de los administradores de los bares. Mientras tanto, ¿qué sucede en algunos establecimientos? En el bar de la escuela San Francisco de Quito se expenden por igual alimentos preparados como chochos con tostado y maduros con queso y los ‘snacks’ como papas fritas, nachos, chitos, jugos y confites.

Estos últimos, según el reglamento, deberán ser sacados de la venta. La directora del plantel, Magdalena Almeida, aún no conoce sobre las nuevas reglas. Para la directora, hace falta colaboración de los padres. A un 60% de los 1 300 alumnos los padres les compran golosinas.

  1. En el bar se oferta morocho con empanadas y no los compran”.
  2. El martes pasado, David Bravo y Freddy Cajas, de 10 años, prefirieron comprar un caramelo en polvo.
  3. Es más rico y barato”, afirmaron casi al unísono.
  4. En tanto, en el bar del colegio Central Técnico se prohibió la venta de salchipapas.
  5. Fernando Albuja, rector, explicó que se hizo una campaña.

El médico Eduardo Granda considera que en los bares se debe vender carne, leche, huevos y legumbres. Lo que se sugiere por regiones Costa Lácteos: helados de leche, avena con leche, batido de frutas y arroz con leche. Cereales: maíz enconfitado, arroz con arveja, tamales, humitas, mote pillo, choclos con queso, pan de quinua y pinol.

  1. Tubérculos: tortilla de yuca, pan de almidón, papa chaucha con pepa de sambo y tortilla de papa.
  2. Frutas: ensalada de frutas con yogur, pincho de frutas, pastel de manzana, maduro con queso, torta de maduro y helados de frutas.
  3. Sierra Cereales: arroz con pescado y ensalada, arroz con fréjol, arroz con guanta, refresco de avena.

Oleaginosas: maní frito, maní enconfitado. Tubérculos: tortilla de yuca, pan de almidón, torrejas de yuca, torta y muchines de yuca al horno. Leguminosas: tostado de soya, hamburguesa de lenteja y habas fritas. Pescado: cebiche de pescado, encebollado, encocado y pescado asado.

  • Oriente Cereales: arroz con carne y ensalada, bistec de hígado y ensalada y maíz enconfitado.
  • Frutas: batido de pomarosa (fruta), tortilla de verde, bolón de verde, panqueque de maduro y emborrajado de plátano.
  • Azúcares: mermelada de frutas de temporada, dulce de pomarosa y dulce de zanahoria con pan.

Huevo: espumilla de frutas y huevo duro. Oleaginosas: tostado de soya, menestra de lentejas.

¿Qué es el bar escolar?

C) Bar escolar comedor: local cerrado de dieciséis (16) metros cuadrados o más; cuenta con equipamiento e infraestructura necesaria para la preparación y conservación de alimentos y bebidas naturales y/o mínimamente procesados, como para el consumo de estos en sus propias instalaciones.

¿Qué pasa si vendo alcohol y no tengo permiso?

34. Se impondrá una multa de 30 a 150 días de salario mínimo y la clausura temporal del establecimiento en tanto no se realicen los tramites correspondientes, a quienes expendan al público bebidas alcohólicas sin contar con la licencia respectiva. ART.

¿Quién regula la venta de alcohol?

La Secretaria de Salud publica formato para el registro y control de la producción y venta de alcohol etílico Acuerdo del Consejo de Salubridad General que establece las medidas para la venta y producción de alcohol etílico, la Secretaría de Salud a través de la COFEPRIS publicó hoy el formato que deberán utilizar todos los alcoholeros.

  • · Todo s los productores o importadores de alcohol deberán llevar un estricto control de sus inventarios, ya que la COFEPRIS y las secretarias de salud estatales van a verificar el cumplimiento de las medidas de control: Mikel Arriola
  • · Se cumple con el mandato del Consejo de Salubridad General
  • En cumplimiento del Acuerdo del Consejo de Salubridad General que establece las medidas para la venta y producción de alcohol etílico, la Secretaría de Salud a través de la COFEPRIS publicó hoy el formato que deberán utilizar todos los alcoholeros para el registro puntual de la producción, importación y comercialización del etanol en México.
  • El Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Mikel Arriola, informó que el objetivo central del control del alcohol etílico es atacar desde la producción primaria el fenómeno de la adulteración de bebidas alcohólicas para prevenir riesgos a la salud humana, ya que se ha detectado en el mercado ilegal que alrededor del 90% de las bebidas se adulteran con esta sustancia tóxica.
  • De acuerdo con el formato, publicado por la COFEPRIS en el Diario Oficial de la Federación
  • -y que mañana entrará en vigor- los industriales alcoholeros deberán llevar un registro preciso de toda la producción, elaboración, fabricación, preparación, mezcla, acondicionamiento, envasado, manipulación, almacenamiento, comercialización, importación, exportación, posesión, transporte, empleo, uso y consumo de alcohol etílico sin desnaturalizar.
  • El registro deberá mantenerse permanentemente actualizado, estar visible en original y disponible para la autoridad sanitaria en el establecimiento que venda, suministre, distribuya, procese, comercialice o expenda el alcohol etílico sin desnaturalizar.
  1. Además, los sujetos obligados deberán contar con:
  2. · Hojas foliadas y membretadas con firma del responsable legal.
  3. · Número de aviso de funcionamiento del negocio o licencia sanitaria de la COFEPRIS.
  4. · Volumen comercializado.
  5. · Procedencia del alcohol.
  6. · Uso y graduación del alcohol.
  7. · Número de lote y fecha de producción.
  8. · Destino del mismo, es decir, identificar el nombre del comprador nacional o extranjero.
  9. · Número de permiso de importación, en su caso.
  10. Todas las personas físicas o morales que se dediquen a este negocio deberán observar las medidas de control sanitario del alcohol etílico que establece el Acuerdo del Consejo de Salubridad General y cumplir con los requisitos del registro.

La venta a granel a los consumidores de cualquier tipo de alcohol etílico queda prohibida. Los sujetos obligados sólo podrán vender alcohol etílico para uso como material de curación al consumidor final cuando se trate de alcohol desnaturalizado y siempre que dicho producto esté pre-envasado.

  • La venta en farmacias, boticas, o droguerías de alcohol etílico desnaturalizado será exclusiva en presentaciones no mayores a 1 litro, en tanto que para hospitales y clínicas sólo podrán venderse envases mayores a 1 litro y no más de 20 litros.
  • La vigilancia de estas nuevas disposiciones corresponde a la COFEPRIS y a las Secretarías de Salud de las 32 entidades federativas.
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See also:  Que Es RegularizaciN En La Escuela?

: La Secretaria de Salud publica formato para el registro y control de la producción y venta de alcohol etílico

¿Cuando no se puede comprar alcohol?

Alcohol: venta y consumo ¿Dónde está prohibido consumir alcohol? En calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público, bajo pena de una UTM. La sanción también vale para quienes sean sorprendidos en los mismos lugares en estado de ebriedad.

  • ¿Dónde está prohibido vender alcohol? En vías, plazas y paseos públicos; teatros, cines, circos y demás centros públicos de diversión que no tengan patente de cabaret; estaciones ferroviarias, trenes y demás vehículos de transporte, a menos que la venta se haga en forma localizada.
  • También se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en estaciones de servicio o bombas bencineras, salvo que en ellas existan establecimientos o restaurantes que cuenten con patente que permita su venta.

¿Hay restricciones para instalar una botillería o un bar? Sí. No se entregarán patentes de expendio de alcoholes a locales que estén a menos de 100 metros de colegios, establecimientos de salud, recintos penitenciarios, recintos militares, recintos policiales y terminales de locomoción colectiva.

  • Tampoco se puede en los lugares destinados a la habitación (casas, edificios, etc.), salvo cuando hay locales comerciales.
  • ¿En qué horarios deben funcionar las botillerías y bares? Los negocios que venden alcohol para consumir fuera del local (como botillerías) pueden funcionar entre las 9:00 y la 1:00 am del día siguiente en días de semana, y entre las 9:00 y las 3:00 am del día siguiente en sábados y festivos.

Los negocios que venden alcohol para consumir dentro del local (como restaurantes y bares) pueden funcionar entre las 9:00 y las 4:00 am del día siguiente en días de semana, y entre las 9:00 y las 5:00 am del día siguiente en sábados y festivos. Las discotecas pueden funcionar entre las 19:00 y las 4:00 am del día siguiente en la semana, y entre las 19:00 y 5:00 am del día siguiente en sábados y festivos.

Adicionalmente, los alcaldes tienen la atribución, previo acuerdo con el concejo municipal, de establecer zonas de horarios diferenciados en sus comunas, por ejemplo para poner horarios de cierre distintos en zonas residenciales y áreas turísticas. Estas restricciones se suspenden en Fiestas Patrias y Año Nuevo.

Si un hotel tiene bar, ¿debe cerrar también? No necesariamente. Los hoteles, hoteles de turismo, supermercados, grandes tiendas y, en general, aquellos locales que tienen un anexo donde se venda alcohol, deberán aislar esa área para cumplir con el horario de cierre y que el resto del establecimiento pueda seguir funcionando.

¿Se puede vender alcohol en los estadios? No, está prohibida la venta de alcohol en cualquier tipo de envase en los recintos deportivos, a menos que se efectúe en recintos delimitados que tengan patente de restaurante o círculo o club social con personalidad jurídica (por ejemplo, un club de golf). Además, si el Intendente regional califica un partido de fútbol como de “alto riesgo”, puede decretar la prohibición de la venta de alcohol en un perímetro máximo de cinco cuadras circundantes al estadio, por un período de tres horas antes del inicio del juego hasta tres horas después.

¿Qué sanción hay por vender alcohol a menores de 18 años? El que venda, obsequie, ofrezca o proporcione o suministre bebidas alcohólicas, a un menor de dieciocho años, en los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas recibirá una sanción penal de prisión en su grado medio (21 días a 40 días) y multa de tres a diez unidades tributarias mensuales.

¿Cómo los locatarios verifican si le venden alcohol a un menor? La ley obliga a que en cada venta quienes atiendan estarán obligados a exigir la cédula de identidad u otro documento de identificación expedido por la autoridad pública, a todas las personas que deseen adquirir bebidas alcohólicas. Mientras se encuentren cumpliendo con sus funciones fiscalizadoras, los inspectores municipales estarán facultados para solicitar alguna identificación que acredite la edad de los compradores.

Si fuera el administrador o dueño del establecimiento quien venda alcohol a un menor de edad la pena será prisión en su grado máximo (hasta 60 días), multa de cincuenta a cien unidades tributarias mensuales y clausura temporal del establecimiento, por un período no superior a tres meses.

Iguales penas se le aplicarán si indujera a menores de edad al consumo de bebidas alcohólicas, sea directamente o por medio de publicidad. En mi colegio se va a hacer una peña folclórica y quieren vender alcohol. ¿Está prohibido? Se prohíbe la venta, suministro o consumo de toda clase de bebidas alcohólicas en los establecimientos educacionales.

No obstante, la dirección del respectivo establecimiento, sólo a solicitud del centro general de padres y apoderados o con la aprobación de este, podrá autorizar que se proporcionen y consuman bebidas alcohólicas durante Fiestas Patrias o actividades de beneficencia que se realicen hasta por tres veces en cada año calendario.

Se deberá contar, asimismo, con la autorización de Carabineros de Chile y de la respectiva municipalidad, las que no se concederán durante el año escolar a establecimientos que cuenten con internado. La dirección del establecimiento velará por el correcto uso de la autorización concedida y porque la realización de la actividad no afecte, de manera alguna, el normal desarrollo de las actividades educacionales.

Este permiso será válido solo para aquellas localidades que no cuenten con un lugar para dicho evento. ¿Qué restricciones de acceso se le impone a los establecimientos respecto a los menores de edad? Se prohíbe el ingreso de menores de dieciocho años a los cabarés, cantinas, bares y tabernas.

  1. También se prohíbe el ingreso de menores de dieciocho años a las discotecas cuando en ellas se expendan bebidas alcohólicas.
  2. El administrador o dueño de esos establecimientos, así como quien atienda en ellos, estará obligado a exigir la cédula de identidad u otro documento de identificación a todas las personas que deseen ingresar.

La infracción de esta prohibición será castigada con multa de tres a diez unidades tributarias mensuales. La multa podrá imponerse doblada a los administradores o dueños de los establecimientos, en caso de que el ingreso de menores haya sido autorizado o inducido por estos.

  • La segunda vez que se incurra en esta contravención se aplicará el doble de la multa y la clausura temporal del establecimiento, por un período no superior a tres meses.
  • La tercera vez se castigará con el triple de la multa y la clausura definitiva, pudiendo imponerse, además, la cancelación de la patente de alcoholes respectiva.

A los negocios que tengan patente de restaurantes pueden ingresar los menores de edad. ¿Qué se exige a los establecimientos educacionales? El currículo de los establecimientos de enseñanza parvularia, básica o media deberá incorporar la formación de hábitos de vida saludable y el desarrollo de factores protectores contra el abuso del alcohol.

Se incluirán temas relativos a cultura gastronómica y a actividades sociales que consideren un consumo adecuado de bebidas alcohólicas, a fin de prevenir positivamente el alcoholismo. Esos planes se deben elaborar en el plazo de un año desde la publicación de la Ley N° 21.363. ¿Qué destino tienen las multas consideradas en la ley? El 40 por ciento de las sumas que ingresen por multas de la Ley de Alcoholes se destinará a los Servicios de Salud para el financiamiento y desarrollo de los programas de prevención, tratamiento y rehabilitación de personas que presenten un consumo perjudicial de alcohol y dependencia del mismo, y a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud para medidas de protección de la salud pública en aspectos relativos al consumo nocivo de alcohol.

El 60 por ciento se destinará a las municipalidades, para la fiscalización de dichas infracciones y para el desarrollo de los programas de prevención del consumo perjudicial de alcohol y rehabilitación social de personas alcohólicas. ¿Qué diferencia hay entre manejar “bajo la influencia del alcohol” y “en estado de ebriedad”? Se define “bajo la influencia del alcohol” cuando el índice de alcohol en la sangre es superior a 0,3 e inferior a 0,8 gramos por mil.

  1. Si sólo se han causado daños materiales o lesiones leves: multa de entre 1 y 5 UTM y suspensión de la licencia de conducir por seis meses.
  2. Si se han causado lesiones menos graves: prisión en grado mínimo (uno a veinte días), multa de 4 a 10 UTM y suspensión de la licencia por nueve meses.
  3. Si se han causado lesiones graves: reclusión o relegación menor en grado mínimo (de 61 a 540 días) o multa de 11 a 20 UTM, cuando importare simple delito y suspensión de la licencia de 18 a 36 meses.
  4. Si se han causado lesiones gravísimas o la muerte: reclusión menor en grado máximo (de tres años y un día, a cinco años), multa de 21 a 30 UTM y suspensión de la licencia de 36 a 60 meses. Si hay reincidencia, suspensión de la licencia entre 48 y 72 meses.
  • Las penas de multas podrán ser reemplazadas, a solicitud del infractor, por trabajos a favor de la comunidad y la asistencia a charlas sobre la conducción bajo los efectos del alcohol.
  • ¿Qué sanciones hay por manejar en estado de ebriedad?
  1. Si no se han causado daños o se causan sólo daños materiales o lesiones leves: presidio menor en grado mínimo (de 61 a 540 días), multa entre 2 y 10 UTM y suspensión de la licencia por dos años, cinco años en la segunda ocasión y cancelación de la licencia si es sorprendido una tercera vez.
  2. Si se han causado lesiones graves o menos graves: presidio menor en grado medio (541 días a tres años), multa entre 4 y 12 UTM y suspensión de la licencia por 36 meses en el caso de producirse lesiones menos graves, y de cinco años en el caso de lesiones graves. En caso de reincidencia, el juez decretará la cancelación de la licencia.

Sí la víctima resultó con lesiones gravísimas, la pena aplicada será de presidio menor en su grado máximo (de tres años y un día a cinco años). En el caso de que la víctima muera, la pena aplicada va de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo (de tres años y un día a diez años de presidio).

  1. Si la persona es reincidente en este tipo de delitos, salvo que ya hubiese pasado diez años, en el caso de un crimen o de cinco en caso de un simple delito.
  2. Si se trata de un conductor profesional que participó en el accidente ejerciendo sus funciones.
  3. Si el responsable conducía el vehículo con su licencia de conducir cancelada, o si estaba inhabilitado a perpetuidad para conducir vehículos motorizados.
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El condenado por conducir en estado de ebriedad causando la muerte o lesiones gravísimas podrá recibir alguna pena sustitutiva (como libertad vigilada o remisión condicional de la pena), pero esa pena quedará suspendida por un año. Eso significa que deberá obligatoriamente cumplir un año de cárcel efectiva antes de salir libre.

  • Por ejemplo, si se le sanciona a tres años y un día de presidio con libertad vigilada, esa pena alternativa sólo se le considerará luego de cumplir un año preso.
  • ¿Quiénes se encargan de vigilar e inspeccionar los locales de venta de alcohol? Carabineros de Chile e inspectores municipales y fiscales, dentro de sus competencias.

¿Qué dispone la ley sobre la inscripción de las patentes de alcoholes? En la patente deberá anotarse el nombre del dueño, número de su cédula de identidad con indicación del lugar de su otorgamiento y la dirección del negocio. Igual anotación se hará respecto de quien adquiera de una patente, en caso de transferencia, o respecto del poseedor o tenedor a cualquier título de ella.

Si fuera una persona jurídica (empresa u organización), deberá dejarse constancia del o los administradores o gerentes. Las patentes sólo pueden transferirse previa inscripción en la oficina municipal que corresponda, y a personas que no estén comprendidas en las prohibiciones que contempla la ley (determinadas autoridades, funcionarios fiscales o municipales, menores de 18 años, personas condenadas por delitos o crímenes, dueños o administradores de negocios clausurados definitivamente).

Las patentes de establecimientos clausurados definitivamente son intransferibles. : Alcohol: venta y consumo

¿Qué pasa si me expulsan de una escuela?

Una vez que me expulsen, ¿no hay nada que pueda hacer en el plantel escolar? – No. Si te expulsan, no puedes asistir a ningún evento escolar, entrar al plantel, o viajar en el camión escolar. Esto no aplica si vas porque tienes una cita con algún administrador de la escuela en el plantel.

¿Qué es lo que corta el alcohol?

2. Toma un café cargado – Si te estás preguntando cómo bajar la borrachera cuanto antes, te interesará saber que si tomas varias tazas de café cargado puedes lograrlo. Esto ocurre porque la cafeína es un potente estimulante que activa nuestro cerebro, consiguiendo que disminuyan algunos de los síntomas provocados por el alcohol.

El café es una bebida diurética que te ayudará a orinar y eliminar así las toxinas que pueden dañar el organismo. Para conseguir el efecto deseado mejor que lo bebas solo y cargado, pero bebe también agua para quitar la borrachera más rápido. Has de tener cuidado y no pasarte con el café, pues el exceso de cafeína no es nada bueno para la salud.

Con dos o tres tazas tendrás el efecto deseado, no abuses de esta sustancia porque, a pesar de sus beneficios, tiene muchas contraindicaciones también.

¿Qué hacer si un alumno consume drogas en la escuela?

En el caso de que se verifique un consumo de algún tipo de droga en la escuela deberemos, por un lado, conversar con el alumno para ofrecerle nuestra ayuda y, por el otro, aplicar la sanción que corresponda de acuerdo al reglamento de convi- vencia de esa escuela.

¿Cómo deben ser los mesones de un bar escolar?

Los mesones debe ser de un material resistente de fácil limpieza. Correcta manipulación de alimentos. Adecuado manejo de desechos. Pisos y paredes limpios.

¿Qué son las normas de seguridad y cuáles podemos emplear en la unidad educativa?

Las normas básicas de seguridad son un conjunto de acciones que te ayudarán a proteger tu bienestar y el de tus compañeros de clase. Sigue estos consejos para evitar cualquier accidente mientras estás en la escuela:

Respeta siempre a tus compañeros, dialoga y no inicies riñas que puedan lastimar a otros. Utiliza los materiales escolares con mucho cuidado, Lápices, tijeras y otros objetos puntiagudos que encontramos en la escuela pueden herirte si no los usas con precaución. Mantente alejado de las ventanas y zonas altas, especialmente en los momentos de recreo. No toques enchufes, tomacorrientes o aparatos eléctricos, pide a un adulto que lo haga por ti. Participa con responsabilidad y compromiso de los simulacros de sismo e incendios que se hagan en tu escuela. En una situación real, saber cómo actuar ¡puede salvar tu vida! Si observas alguna riña o pelea, o te lastimas, avisa rápidamente a alguno de tus profesores para que acudan a ayudar.

¿Qué se considera un bar?

Un bar es un establecimiento comercial donde se sirven bebidas alcohólicas, no alcohólicas y aperitivos, generalmente para ser consumidos de inmediato en el mismo establecimiento en un servicio de barra.

¿Qué es un bar cultural?

Los bares culturales se reivindican VALÈNCIA (EP). La asociación Abacu, de la que forman parte 17 bares culturales de seis barrios de la ciudad de València, ha reclamado este jueves una normativa específica que les permita continuar programando actividades en sus locales.

Son espacios caracterizados por acoger pequeños conciertos, exposiciones, talleres o presentaciones de libros, en horario diurno hasta las 22.30 horas, pero que se encuentran en un “vacío legal” que les expone a multas, “miedo” y en muchas ocasiones, al cierre definitivo, lamentan. Ante esta situación, Abacu, -nacida en abril de 2017 como la primera Asociación de Bares Culturales de España- lleva tres años pidiendo que se regularice su situación, dado que únicamente cuentan con una licencia de bar-cafetería que les impide programar actividades de ocio diurno.

“Pedimos hacer cultura de forma legal”, al igual que se hace en otras ciudades como Barcelona, San Sebastián o las andaluzas, donde existe un marco normativo que les ampara, ha explicado el presidente de Abacu, Ricardo Antenucci. Sin embargo, en València ya se han reunido hasta en cuatro ocasiones con el concejal de Comercio, Carlos Galiana, y “nunca ha salido nada ni se ha hecho nada”, ha lamentado.

  • Desde su punto de vista, van a “peor” porque ahora el consistorio “contraprograma ignorando totalmente” la actividad y el trabajo que se ha hecho en estos espacios desde tiempo atrás.
  • Esa cultura empezó con nosotros” pero “nos están quitando la ilusión de programar” y “sentimos cansancio, rabia y miedo”, ha manifestado.

En su caso, el Ubik Café acaba de recibir una multa de 1.500 euros por ‘infracción grave’ por acoger un concierto de día al que asistieron 40 personas (el aforo es para 93). Una segunda sanción implica el cierre. “¿Cuál es la diferencia entre la Administración pasada, tan mala, con la actual progresista, procultura y promúsica?, se ha preguntado.

  • Nosotros estamos igual, recibimos multas e incluso vamos a peor porque está contraprogramando”, ha agregado.
  • Al respecto, la portavoz de Abacu, Gema Clara, ha puntualizado: “No estamos en contra de que contraprograme con cultura pública con acceso para todos sin discriminación pero eso ya lo hacíamos en nuestros espacios.

Que no pase por encima de nosotros que ya estábamos antes”, ha recordado. Clara ha mostrado su disposición a realizar las modificaciones que sean necesarias en los locales para acogerse a una normativa que les permita programar actividades. “Siempre hemos querido ir más allá de la hostelería y ofrecer cultura en nuestros barrios”, ha señalado la portavoz.

¿Cómo deben ser los mesones en los bares escolares?

Los mesones debe ser de un material resistente de fácil limpieza. Correcta manipulación de alimentos. Adecuado manejo de desechos. Pisos y paredes limpios.

¿Qué medidas debe tener una barra de un bar?

Barra de bar La barra de bar, son los mostradores de los bares, restaurantes, discotecas o similares donde se sirven las bebidas. En muchos casos puede utilizarse como mesas para los clientes, bien sea con el cliente este de pie o sentado en, Barra de bar Esta barra bar, o por lo menos su encimera, deben estar fabricadas con material de fácil limpieza, resistente y que cuente con espacio suficientemente amplio en su interior.

  • Tanto las barras para bares, como la barra cafetería deberán de tener 50cm de ancho en su mostrador, para que tenga buena movilidad para trabajar.Además su altura debe estar alrededor de 1,1m y 1,3m para un servicio comodo.
  • Si en la barra colocamos taburetes, estos tienen que tener unos 80 cm de alto.

A pesar de estas medidas estándar, en la actualidad existen muchos tipos de barras para bares; y entre las más populares se encuentran las barras en forma cuadrada y rectangulares. Además de estas formas, actualmente también podemos encontrar barras circulares y con forma de “C” o “S” que aportan un estilo más moderno y diferente.

¿Qué altura debe de tener una barra de bar?

¿Qué altura para una barra? – La altura habitual de una barra se encuentra entre 105 y 110 cm de altura.

¿Qué altura debe tener una barra de un bar?

El diseño en las dimensiones en las barras de los restaurantes – La altura de una barra estándar oscilará entre los 110 y 115 cm, Si la barra va a permitir el disfrute por parte de los clientes sentados en taburetes, estos tendrán aproximadamente unos 80 cm.

de altura y los pies se apoyarán sobre un reposa pies ubicado a una altura sobre el suelo de entre 20 y 40 cm. Cuando la barra sirva para comer, deberá respetarse un espacio para ubicar las piernas perpendicularmente a ésta de unos 30 cm. La barra estándar en cafeterías y bares será de 50 cm. de ancho, para el correcto funcionamiento del servicio y para que el cliente pueda depositar su vaso sobre ésta.

En casos en los que la barra sirva además para la degustación de platos, ser reservarán 50 cm. para el cliente, y entre 30 y 40 cm. para el trabajo del camarero, siendo este tipo de barras de entre 80 y 90 cm. una barra de anchura superior sería incomoda para los trabajadores.