Para Sacar Beca Piden Rfc?

Para Sacar Beca Piden Rfc
Para obtener una beca – Si tienes más de 18 años y estás pensando en solicitar una beca de posgrado, te van a pedir el RFC. Lo anterior se debe a que algunas especialidades, maestrías y doctorados exigen disponibilidad de tiempo completo a cambio de una beca.

¿Cómo sacar el RFC para una beca?

¿Cómo sacar el RFC para estudiante? – Si cuentas con 16 años y deseas inscribirte en el RFC de personas físicas menores de edad, a continuación te diremos como. Es importante mencionar que sólo puedes realizar el trámite si exclusivamente prestas un servicio personal subordinado (salarios).

  • Solo debes dirigirte a una Oficina del SAT con previa cita registrada en el Portal Web Oficial, en donde al finalizar el trámite, obtendrás el acuse único de inscripción en el RFC que contiene, la cédula de identificación fiscal y el código de barras bidimensional (QR).
  • El acuse de solicitud de inscripción al RFC y la solicitud de inscripción.

Lo único que debes de contar para el trámite es con:

Clave Única de Registro de Población (CURP) o Cédula de Identidad Personal Manifestación por escrito ante la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente, firmada por el menor, en donde se protesta decir la verdad para poder inscribirse en el RFC con la finalidad de realizar exclusivamente un servicio personal subordinado y que no tendrá actividad distinta hasta cumplir 18 años (original) Comprobante de domicilio fiscal (original) Identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).

¿Qué pasa si no tengo el RFC?

El SAT informa que no habrá sanción para los jóvenes mayores de 18 años que no se inscriban al RFC Servicio de Administración Tributaria | 03 de enero de 2022 | Comunicado Con la Miscelánea Fiscal 2022 se aprobó el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) obligatorio para mayores de 18 años.

  1. La incorporación al RFC y, la obtención en conjunto de la e.firma (firma electrónica), no implica que estén obligados a pagar contribuciones ni a presentar declaraciones, a menos que ya realicen alguna actividad económica.
  2. Además, de acuerdo con lo aprobado por el Congreso de la Unión, ningún joven será sancionado por no registrarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Esta institución tiene muy claro que la transición del registro llevará cierto tiempo y durante este lapso no habrá penalidades, ni multas, ni sanciones. Con esta propuesta, el SAT busca incorporar al RFC a los jóvenes mayores de 18 años con la finalidad de introducirlos a la cultura contributiva, pero sobre todo, protegerlos del robo de identidad ya que las empresas fantasma los utilizan como prestanombres.

Al contar con su RFC y su firma electrónica, los jóvenes recibirán avisos en los medios de contacto que den de alta (correo electrónico), en caso de que su identidad haya sido utilizada por dichas empresas. Cabe mencionar que, la Secretaría de Educación Pública solicita el RFC y la firma electrónica para poder emitir las cedulas profesionales de los recién graduados y titulados.

Beneficios:

Se asegura su identidad fiscal. Pueden realizar trámites y servicios comprobando su identidad digitalmente. El SAT protege sus datos y se combate la corrupción al prevenir el robo de identidad. La e.firma (firma electrónica) es un archivo seguro, cifrado y tiene la validez de una firma autógrafa.

Cabe mencionar que, si los jóvenes ya estaban inscritos en el RFC y no trabajan, deben verificar que estén registrados como: “Inscripción de personas físicas sin actividad económica” en el Portal del SAT para no generar obligación fiscal. El link es https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/43824/reimprime-tus-acuses-del-rfc.

Ahí deben revisar su Constancia de Situación Fiscal y revisar que en la sección Régimen mencione: “Sin obligaciones fiscales”. En caso de no poder ingresar a este link por su falta de Contraseña, se sugiere solicitarla en SAT ID https://satid.sat.gob.mx/. Finalmente, es importante aclarar que los jóvenes que se inscriban al RFC sin actividad económica no están obligados a pagar impuestos ni a presentar declaraciones informativas, mensuales o anuales; tampoco a dar avisos, a menos que cambien de régimen e inicien actividad; mientras tanto, el SAT no aplicará ningún tipo de sanciones o cobro de impuestos por ello.

: El SAT informa que no habrá sanción para los jóvenes mayores de 18 años que no se inscriban al RFC

¿Qué pasa si no tengo RFC y trabajo?

Que Pasa Si Tengo Rfc Y No Trabajo? –

24.03.2023 0 614

Para Sacar Beca Piden Rfc ¿Qué pasa si tengo mi RFC y no trabajo? El Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es un documento que otorga el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México para identificar a las personas físicas y morales que realizan algún tipo de actividad comercial.

  • Si bien es cierto que tener un RFC no significa tener que trabajar, se considera que el titular del mismo se encuentra activo desde el punto de vista fiscal, es decir, que cada año deberá presentar su declaración anual de impuestos.
  • Siendo así, el titular del RFC deberá estar al tanto de las obligaciones fiscales que le corresponden para cumplir con los requerimientos del SAT.

Es importante tener en cuenta que, si el titular del RFC no presenta sus declaraciones anuales, el SAT puede iniciar un proceso de comprobación por omisión de impuestos, en el cual se le exigirá el pago de impuestos retenidos o no pagados. Además, puede ser sancionado con multas y/o recargos, que se calculan en base al monto adeudado.

Por ello, es conveniente contar con el apoyo de un profesional contable para evitar problemas con el SAT. En resumen, tener un RFC no implica que una persona esté trabajando, pero sí significa que ella está sujeta a las obligaciones fiscales que el SAT exige, como el presentar declaraciones anuales y el pagar impuestos.

Si estas obligaciones no se cumplen, el SAT puede iniciar un proceso de comprobación y aplicar sanciones y multas. Por lo tanto, es importante contar con el apoyo de un profesional contable para evitar problemas con el SAT. El RFC (Registro Federal de Contribuyentes) es un documento emitido por la autoridad fiscal y es un requisito indispensable para realizar cualquier trámite para trabajadores, empresarios y personas físicas que realizan actividades lucrativas.

Si una persona ya cuenta con su RFC, pero no trabaja, es decir, no realiza actividades lucrativas, no es necesario que presente declaración anual ante el SAT. Sin embargo, es importante tener en cuenta que si no hay actividad económica, el RFC sigue siendo un documento válido ya que fue una autorización otorgada por la autoridad fiscal.

En caso de que la persona decida emprender una actividad lucrativa, se le pedirá el RFC para realizar los trámites pertinentes. Es recomendable mantener el RFC activo, ya que si se desea realizar alguna compra de bienes, como vehículos, inmuebles, etc., se requerirá presentar el RFC.

¿Cómo sacar el RFC para estudiantes?

Realiza tu inscripción en el RFC persona física. Personas Físicas a partir de los 18 años. Dentro del mes siguiente al día en que tengas la obligación de inscribirte en el Registro Federal de Contribuyentes aún y cuando no tengas obligaciones fiscales, o que debas presentar declaraciones periódicas, de pago o informativas; propias, por cuenta de terceros o expedir comprobantes fiscales por las actividades que realices.

  • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22 y 26.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.4., 2.4.11.
  • Código Federal de Procedimientos Civiles, artículo 297.
  1. Da clic en el botón INICIAR de la página.
  2. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Inscripción al RFC.
  3. Envía tu trámite al SAT e imprime la hoja previa con el número de folio asignado.
  4. Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
  5. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  6. Recibe solicitud y acuse de inscripción al RFC, así como los productos derivados del trámite.
  • Los menores de edad a partir de los 16 años pueden inscribirse en el RFC cumpliendo los requisitos establecidos en la ficha de trámite 160/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de Personas Físicas menores de edad a partir de los 16 años” del anexo 1-A de la RMF, siempre que dicha inscripción sea con la finalidad de realizar un servicio personal subordinado (salarios).
  • Si una vez concluido el trámite de inscripción, requieres tramitar tu e.firma, deberás traer una unidad de memoria extraíble (USB) y además cumplir con los requisitos previstos en la ficha de trámite 105/CFF “Solicitud de generación del certificado de e.firma” del anexo 1-A de la RMF.
  1. Solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
  2. Acuse único de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes que contiene cédula de identificación fiscal y código de barras bidimensional (QR).
  3. Acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización al Registro Federal de Contribuyentes, que contiene el motivo por el cual no se concluyó el trámite.
  4. Acuse de preinscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.

• Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX. • Esta solicitud la presenta el propio contribuyente con mayoría de edad cumplida. • Puedes iniciarlo por internet y concluirlo en cualquier oficina del SAT.

  1. Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  2. Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 26.
  3. Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.4.11.
  4. Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
  5. Esta solicitud la presentan los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela del menor.

• Los menores de edad a partir de los 16 años pueden inscribirse en el RFC cumpliendo los requisitos establecidos en la ficha de trámite 160/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas menores de edad a partir de los 16 años”, de este Anexo, siempre que dicha inscripción sea con la finalidad de realizar un servicio personal subordinado (salarios).

  1. Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  2. Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22.
  3. Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.4.11.
  4. Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
  5. Código Fiscal de la Federación, artículo 27.

• Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla, 2.4.11. Puedes iniciarlo por internet y concluirlo en cualquier oficina del SAT. Condiciones: Llenar el formulario electrónico de preinscripción, en caso de que inicies el trámite a través del Portal del SAT.

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla, 2.4.11. Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX. • Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), artículo 170.

• Reglamento de la Ley del ISR, artículo 293. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.18.31. Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX. Puedes iniciarlo por internet y concluirlo en cualquier oficina del SAT.

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.4.11. Se presenta cuando te encuentres en cualquiera de los siguientes supuestos: • En el caso de personas que enajenen bienes, al momento de consignar la operación en escritura pública ante Fedatario Público.

• En el caso del representante legal, socios, accionistas o asociados al momento de constituir legalmente una persona moral ante Fedatario Público. • Código Fiscal de la Federación, artículos 27 y 31. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23 y 28.

  1. Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia, con cita previa.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite
  3. Recibe tu solicitud y acuse único de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
  • Los menores de edad a partir de los 16 años pueden inscribirse en el RFC cumpliendo los requisitos establecidos en la ficha de trámite 160/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de Personas Físicas menores de edad a partir de los 16 años” del anexo 1-A de la RMF, siempre que dicha inscripción sea con la finalidad de realizar un servicio personal subordinado (salarios).
  • Si una vez concluido el trámite de inscripción, requieres tramitar tu e.firma, deberás traer una unidad de memoria extraíble (USB) y además cumplir con los requisitos previstos en la ficha de trámite 105/CFF “Solicitud de generación del certificado de e.firma” del anexo 1-A de la RMF.
  1. Solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
  2. Acuse único de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes que contiene cédula de identificación fiscal y código de barras bidimensional (QR).
  3. Acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización al Registro Federal de Contribuyentes, que contiene el motivo por el cual no se concluyó el trámite.
  4. Acuse de preinscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
  • En las oficinas del SAT, previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
  • En el caso de representantes legales, socios o accionistas de personas morales y enajenantes de bienes inmuebles, ante cualquier fedatario público incorporado al “Esquema de Inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos”.
  • La duración máxima del trámite es de 40 minutos.
  • Con cita, la espera máxima es de 5 minutos.

• Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX. • Esta solicitud la presenta el propio contribuyente con mayoría de edad cumplida. • Puedes iniciarlo por internet y concluirlo en cualquier oficina del SAT.

  • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 26.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.4.11.
  • Contar con CURP o en su caso: • Carta de naturalización expedida por autoridad competente, tratándose de mexicanos por naturalización (certificada o legalizada según corresponda), o • Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).

• Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

  1. Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados.
  2. Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.

  • En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas.
  • Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente. Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

  1. Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.
  2. Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.
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Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.

  1. En el caso de los asalariados y de los contribuyentes sin actividad económica, la credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral) vigente.
  2. Cédula de empadronamiento de mercados públicos expedida a nombre del contribuyente, acompañada del formato de pago de derechos más reciente, el cual deberá exhibirse pagado.

• Poder notarial para actos de administración, dominio o especiales en caso de representación legal con el que acredites la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales (original) o ante Fedatario público (instrumento notarial certificado).

• Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal, como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (original).

• Acuse de preinscripción, si iniciaste el trámite a través del portal del SAT (original). • Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX. • Esta solicitud la presentan los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela del menor.

• Los menores de edad a partir de los 16 años pueden inscribirse en el RFC cumpliendo los requisitos establecidos en la ficha de trámite 160/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas menores de edad a partir de los 16 años”, de este Anexo, siempre que dicha inscripción sea con la finalidad de realizar un servicio personal subordinado (salarios).

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.4.11. • Acta de nacimiento del menor, expedida por el Registro Civil (copia certificada) u obtenida en el Portal www.gob.mx/actas (formato único) o Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población (original).

  1. Resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el que conste la patria potestad o la tutela del menor, en caso de que así proceda.
  2. Copia certificada).
  3. Manifestación por escrito de conformidad de la madre y el padre para que uno de ellos actúe como representante del menor, acompañado de las copias simples de sus identificaciones oficiales vigentes como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.

Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio). • Identificación oficial vigente de los padres o tutores que funjan como representantes del menor, como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.

Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio). • Poder notarial que acredite la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Notario o Fedatario público (original o copia certificada).

• Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

  • Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados.
  • Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Contratos de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.

  • En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas.
  • Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente. Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses. Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.

Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.

• Acuse de preinscripción, si iniciaste el trámite a través del portal del SAT (original). Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22.

• Resolución Miscelánea Fiscal, regla, 2.4.11. • Contar con CURP o Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población (original) • Manifestación por escrito ante la ADSC, firmada por el menor, en la que señale bajo protesta de decir verdad su voluntad de inscribirse en el RFC con la finalidad de realizar exclusivamente un servicio personal subordinado y que no tendrá actividad distinta hasta cumplir 18 años (original).

Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Contratos de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.

En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas.

Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente.

Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses. Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.

Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses. Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.

• Identificación oficial vigente, como: Pasaporte, permiso para conducir o credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o Privada con reconocimiento de validez oficial con fotografía y firma, o la Cédula de Identidad Personal emitida por el Registro Nacional de Población de la Secretaría de Gobernación.

  1. En el caso de menores de edad, la credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o Privada con reconocimientos de validez oficial con fotografía y firma, o la Cédula de Identidad Personal emitida por el Registro Nacional de Población de la Secretaría de Gobernación vigente.
  2. Tratándose de extranjeros podrán presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).

(Original). Puedes iniciarlo por internet y concluirlo en cualquier oficina del SAT. Condiciones: Llenar el formulario electrónico de preinscripción, en caso de que inicies el trámite a través del Portal del SAT. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.

• Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla, 2.4.11. • Contar con CURP • Carta de naturalización expedida por autoridad competente, tratándose de mexicanos por naturalización (certificada o legalizada según corresponda) • Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).

• Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Contratos de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.

  1. En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas.
  2. Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente. Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses. Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.

Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.

En el caso de los asalariados y de los contribuyentes sin actividad económica, la credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral) vigente. • Resolución judicial definitiva, en la cual se declare la incapacidad de la persona física y conste la designación del tutor o representación legal (original).

• Identificación oficial vigente del tutor o representante legal, como: credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte vigente, cédula profesional vigente, licencia de conducir vigente, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores vigente.

  1. Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).
  2. Original).
  3. Acuse de preinscripción, si iniciaste el trámite a través del portal del SAT (original).
  4. Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.

• Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), artículo 170. • Reglamento de la Ley del ISR, artículo 293. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.18.31. Contar con CURP. • Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).

  • Manifestación por escrito en la que solicite su inscripción en el RFC como retenedor de personas físicas o morales residentes en el extranjero a las cuales efectúa pagos por actividades artísticas en territorio nacional distintas de la presentación de espectáculos públicos o privados.
  • Original y copia fotostática para acuse).

• Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal, como: credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte vigente, cédula profesional vigente, licencia de conducir vigente, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores vigente.

  • Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).
  • Original).
  • Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Contratos de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.

En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas.

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Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente.

Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses. Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.

  • Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.
  • Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.

En el caso de inscripción en el RFC de personas morales extranjeras, podrán presentar la Autorización de Oficina de Representación o Toma de Nota de Domicilio, expedidas por la Secretaría de Economía, siempre que éstas contengan la información del domicilio en donde se llevarán a cabo las actividades económicas.

  1. Este documento deberá ser expedido a nombre de la persona moral.
  2. Poder notarial en caso de representación legal con el que acredites la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales (original) o ante Fedatario público (instrumento notarial certificado).

• Documento notarial con el que se haya designado al representante legal para efectos fiscales, tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada). Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.

Puedes iniciarlo por internet y concluirlo en cualquier oficina del SAT. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.4.11. • Contar con CURP. • Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población, en caso de menores de edad que no cuenten con CURP (original).

• Carta de naturalización expedida por autoridad competente, tratándose de mexicanos por naturalización (certificada o legalizada según corresponda). • Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).

• Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal, como: credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte vigente, cédula profesional vigente, licencia de conducir vigente, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores vigente.

Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio). (Original). • Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Contratos de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.

En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas. Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente. Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

  1. Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.
  2. Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.

Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.

En el caso de los asalariados y de los contribuyentes sin actividad económica, la credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral) vigente. • Poder notarial para actos de administración, dominio o especiales en caso de representación legal con el que acredites la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales (original) o ante Fedatario público (instrumento notarial certificado).

• Acuse de preinscripción, si iniciaste el trámite a través del portal del SAT (original). • Documento con que se acredite que el interesado es titular de los derechos para operar un centro de convenciones o de exposiciones (original). Se presenta cuando te encuentres en cualquiera de los siguientes supuestos: • En el caso de personas que enajenen bienes, al momento de consignar la operación en escritura pública ante Fedatario Público.

• En el caso del representante legal, socios, accionistas o asociados al momento de constituir legalmente una persona moral ante Fedatario Público. • Código Fiscal de la Federación, artículos 27 y 31. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23 y 28. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.4.5 y 2.4.14.

Transitorio Décimo Segundo. • Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal, como: credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte vigente, cédula profesional vigente, licencia de conducir vigente, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores vigente.

  1. Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).
  2. Original y copia simple para cotejo).
  3. Poder notarial que acredite la personalidad el representante legal.
  4. Esto en los casos en donde la personalidad no se acredite en la propia acta o documento constitutivo.

(copia certificada y copia simple para cotejo) • Comprobante de domicilio (original y copia simple para cotejo) como: Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

  1. Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados.
  2. Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Contratos de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.

En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas. Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente. Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses. Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.

Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.

En el caso de los asalariados y de los contribuyentes sin actividad económica, la credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral) vigente. • Contar con CURP. • Carta de naturalización expedida por la autoridad competente debidamente certificada o legalizada, según corresponda, tratándose de mexicanos por naturalización.

• Documento migratorio vigente que corresponda emitido por autoridad competente, tratándose de extranjeros (original o copia certificada). : Realiza tu inscripción en el RFC persona física.

¿Qué es y para qué sirve el RFC?

El RFC o Registro Federal de Contribuyentes es una clave única de registro que sirve para identificar a toda aquella persona que realiza una actividad económica y deba contribuir con el gasto público ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria).

¿Qué personas necesitan RFC?

Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas. Quiénes lo presentan Personas físicas a partir de 18 años de edad cumplidos. Dónde se presenta

  • En el Portal del SAT.
  • En una Oficina del SAT, previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
  • En las oficinas de la Entidad Federativa que corresponda a tu domicilio, si optas por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal.

Qué documentos se obtienen

  • Solicitud de inscripción en el RFC.
  • Acuse único de Inscripción en el RFC que contiene la cédula de identificación fiscal y el código de barras bidimensional (QR).
  • Acuse de preinscripción en el RFC.
  • Acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización en el RFC, que contiene el motivo por el cual no se terminó el trámite.

Cuándo se presenta Dentro del mes siguiente al día en que se tenga la obligación de presentar las declaraciones periódicas, de pago o informativas propias o por cuenta de terceros o cuando exista la obligación de expedir comprobantes fiscales por las actividades que se realicen. Requisitos En el Portal del SAT:

No se requiere presentar documentación.

En la oficina del SAT y en la Entidad Federativa:

  • Contar con Clave Única de Registro de Población (CURP) o:
    • Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población (original), en caso de menores de edad que no cuenten con CURP;
    • Carta de naturalización expedida por la autoridad competente debidamente certificada o legalizada, según corresponda, tratándose de mexicanos por naturalización (original o copia certificada); o
    • Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).
  • Comprobante de domicilio fiscal, cualquiera de los señalados en el inciso B) del apartado de Definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
  • Poder notarial para actos de administración, dominio o especiales en caso de representación legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público (copia certificada).
  • Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
  • Acuse de preinscripción en el RFC, si iniciaste el trámite por el Portal del SAT (original).

Requisitos adicionales para quienes se encuentren en los siguientes casos:

    a) Residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en México.

    • Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales (original).
    • Documento con el que acrediten su número de identificación fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de contar con éste en dicho país (copia certificada, legalizada o apostillada por autoridad competente).

    b) Personas físicas que realicen actividades de exportación de servicios de convenciones y exposiciones.

    Documento con el que se acredite que el interesado es titular de los derechos para operar un centro de convenciones o de exposiciones (original).

    c) Menores de edad. Los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y actúen como representantes de los mismos, deben presentar:

    • Acta de nacimiento del menor, expedida por el Registro Civil, Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población (original).
    • Resolución judicial o documento emitido por fedatario público en caso de patria potestad o tutela (copia certificada).
    • Manifestación por escrito de conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante del menor, acompañado de las copias simples de sus identificaciones oficiales vigentes, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
    • Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del ​apartado de Definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites, del (los) padre(s) o tutor(es) que funja(n) como representante(s) del menor (original para cotejo).
    • Poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Notario o Fedatario Público (copia simple y copia certificada para cotejo).

    d) Personas con incapacidad legal, judicialmente declarada.

    • Contar con resolución judicial definitiva, en la cual se declare la incapacidad de la persona física y conste la designación del tutor o representante legal (original).
    • Identificación oficial vigente del tutor o representante legal, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).

Condiciones

  • Llenar el formulario electrónico de inscripción que se encuentra en el Portal del SAT, proporcionando los datos solicitados.
  • El contribuyente, su representante o apoderado legal deberá responder las preguntas que le realice la autoridad, relacionadas con la identidad, domicilio y en general sobre la situación fiscal de la persona física a inscribir.
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Información adicional

  • Si no cuentas con CURP, puedes realizar tu preinscripción en el Portal del SAT y concluirla en cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente con cita, presentando la documentación respectiva, dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud, acreditando tu identidad mediante copia certificada del acta de nacimiento.
  • Los menores de edad a partir de los 16 años pueden inscribirse en el RFC cumpliendo los requisitos establecidos en la ficha 160/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de persona física menores de edad a partir de los 16 años”, del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, siempre que dicha inscripción sea con la finalidad de realizar un servicio personal subordinado (salarios).

Pasos para realizar el trámite En el Portal del SAT

  1. Ingresa a la sección Trámites y de la barra superior elige la opción RFC.
  2. Del apartado Preinscripción, selecciona la opción personas físicas.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Inscripción al RFC.
  4. Envía tú trámite al SAT e imprime la hoja previa con el número de folio asignado.
  5. Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
  6. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  7. Recibe solicitud y acuse de inscripción al RFC, así como los productos derivados del trámite.

Atención presencial

  1. Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tú preferencia.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe tu solicitud y acuse de inscripción al RFC, así como los productos derivados del trámite.

Disposiciones jurídicas aplicables Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación; artículos 22, 26 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; reglas 2.4.2., 2.4.6., 2.4.15., de la Resolución Miscelánea Fiscal.

¿Cuánto tardan en darte tu RFC por primera vez?

Diez días del envío de tu solicitud.

¿Cuál es el RFC para extranjeros?

– Anuncio – – abcdefghijklmnopqrstuvwxyzABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ abcdefghijklmnopqrstuvwxyzABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ abcdefghijklmnopqrstuvwxyzABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ Ante esta situación es indispensable conocer los diferentes casos que se pueden presentar cuando se necesite emitir una factura electrónica, como el desconocimiento del RFC del receptor, cuyo dato es obligatorio según el artículo 29-A, fracción IV del Código Fiscal de la Federación (CFF) El emisor de la factura debe identificar al contribuyente con su RFC asignado por la autoridad fiscal.

Pero, que sucede cuando el receptor no cuenta con un RFC, ya sea porque es extranjero, no está dado de alta en el SAT, o simplemente la persona no solicito la factura, por lo que no proporciono su RFC, Entonces, técnicamente no sería posible emitir un CFDI si no se cuenta con una clave de RFC, ya que como se mencionó es un requisito para su timbrado.

Es entonces donde la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 se hace presente mediante la regla 2.7.1.23. la cual contempla el uso de la clave del RFC genérica en el CFDI que consistente en una clave estandarizada que proporciona el mismo SAT, diferenciando a las personas nacionales de las extranjeras.

  • El RFC genérico extranjero es: XEXX010101000 y es útil para la emisión de facturas o comprobantes fiscales de personas extranjeras, tanto físicas como morales.
  • De esta manera gracias al RFC genérico es posible informar al SAT la operación cuando se ignore el RFC del receptor.
  • Pero expedir un CFDI con un RFC genérico por una acto o actividad realizada, no implica que dicha operación se realizó con el público en general, ya que, aunque también se utiliza un RFC genérico para su expedición, tiene otras características.

Para entender mejor el concepto, primero es necesario entender que se considera al público general como cualquier persona a la que se levanta algún bien o servicio que no necesariamente tiene que estar dentro de algún régimen fiscal ; estas ventas se le informaran al SAT como ventas al público general.

Ahora bien, tomando en cuenta que no es posible quedarse sin comprobar los movimientos ante el Servicio de Administración Tributaria ( SAT ) en los casos en que se carezca de la figura de un receptor bien identificado es necesario ingresar un RFC genérico, pero para que el contribuyente no tenga que emitir un CFDI por cada operación realizada con el público en general, es posible elaborar una factura global de forma diaria, semanal o mensual.

Por lo tanto, un CFDI global es un documento que concentra todas aquellas operaciones con el público en general, que se realizan durante un determinado periodo de tiempo. Otro punto importante respecto a estas facturas globales es la necesidad de contar con comprobantes simplificados, es decir, un ticket que ayude a comprobar la existencia del acto que se realizó, y llevar un control de todas las operaciones con estas características, para que, al momento de expedir el CFDI global, se consideren todos los registros.

¿Cuánto cobran por sacar el RFC en el SAT?

Declaración anual SAT 2022 | ¿Cómo sacar mi RFC por primera vez y dónde pedir cita previa? El Registro Federal de Contribuyentes es una clave alfanumérica para todas las personas que tienen una actividad económica, ya que le sirve a las autoridades para tener un registro acerca de quiénes están obligados a pagar impuestos.

¿Cómo puedo imprimir mi RFC por primera vez?

Si ya tengo mi RFC, ¿cómo imprimirlo? – Puedes consultar e imprimir tu RFC con tu CURP en https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/31274/consulta-tu-clave-de-rfc-mediante-curp, Solo debes llenar los campos solicitados.

¿Qué régimen fiscal tengo si soy estudiante?

Régimen General – Este régimen, es para las personas morales con fines de lucro, es decir, todas aquellas empresas que realizan operaciones comerciales ya sea de bienes o servicios por un beneficio económico. Las sociedades mercantiles, comúnmente, realizan el servicio mediante una sociedad anónima, aunque vale la pena precisar que si fuera algún otro tipo de sociedad mercantil no habría, entre sí, claras y definidas diferencias en materia fiscal.

¿Dónde puedo ver mi RFC sin homoclave?

¿Cuál es el RFC sin homoclave? – El RFC sin homoclave es un tipo de Registro Federal de Contribuyente compuesto por el conjunto de caracteres derivados del nombre, apellido y la fecha de nacimiento de una persona que no posee carácter fiscal, sino que se utiliza usualmente como ejemplo o de carácter informativo.

¿Cómo sacar el RFC en línea gratis?

Cualquier persona física mayores de edad que cuenten con CURP puede tramitar el RFC, solamente se requiere llenar un formulario para conocerlo, desde la página del SAT. Tendrás que ingresar a la liga https://bit.ly/3aG2kHH y dar click en la opción INICIAR. Te solicitará que ingreses tu CURP para iniciar el proceso.

¿Cuál es mi CURP y RFC?

2. Registro Federal de Contribuyentes (RFC) – Es la clave única de registro que sirve para identificar a toda aquella persona que realiza una actividad económica y debe contribuir con el gasto público ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria).

El RFC se compone de 13 caracteres alfanuméricos formados por las iniciales del nombre de la persona física o moral, seguido de la fecha de nacimiento o constitución y 3 caracteres más llamados “homoclave” que el SAT otorga y revisa para que el RFC sea una clave única e irrepetible entre todos los contribuyentes del país.

Como el SAT es el encargado para designar los caracteres que hacen a esta clave única, el trámite se puede realizar a través de la página o en algunas de las oficinas del Servicio de Administración Tributaria. Para este año 2023, dentro de la página de internet https://www.sat.gob.mx/home, en el apartado de trámites del RFC, en la opción de validación del RFC, podrás revisar si ya estás registrado.

¿Cómo sacar el RFC si no tengo contraseña?

Como Imprimo Mi Rfc Con Homoclave Sin Contraseña? –

  • 24.03.2023
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Para Sacar Beca Piden Rfc Imprimir rfc sin contraseña – Para imprimir rfc sin contraseña no es necesario tener un conocimiento tan profundo. Aclarado eso, te informamos que primero ten esto en cuenta: realizar la inscripción en el SAT y recibir tu RFC por primera vez. Ahora sí, vamos directo al grano y enseñarte cómo es el proceso para imprimir rfc sat sin contraseña 2020 : Nuevos registros: Entrar a la página oficial del SAT

  1. Ubicar y acceder a la opción de trámites.
  2. Posteriormente seleccionar la opción RFC.
  3. Elegir entre “Persona Moral” (si eres representante de una empresa) o “Persona Física” (Natural).
  4. Completar la información correspondiente exigida por la página.
  5. Al proporcionar todos los datos respectivos, solo tienes que darle enviar e imprimir una hoja con toda la información pertinente.

Registrados previamente:

  1. Visitar este sitio web,
  2. Localizar el botón “Ejecutar en línea”.
  3. Digitar tu RFC.
  4. Ingresar la firma electrónica (debe estar vigente).
  5. Si vas a reimprimir rfc sin contraseña, selecciona la opción buscar.
  6. Finalmente, selecciona la opción “generar constancia” y automáticamente podrás descargar rfc en pdf o imprimirlo.

Otro mecanismo para imprimir rfc gratis sin contraseña es ingresando a este enlace https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/28753/obten-tu-rfc-con-la-clave-unica-de-registro-de-poblacion-curp donde podrás hacer la inscripción para obtener RFC con el CURP (clave única de registro de población)

¿Por que todos quieren sacar su RFC?

En general, te pedirán tu RFC para ingresar a un nuevo empleo (con un salario, por ejemplo). Generarlo no te implica ninguna obligación, pero es un paso necesario para que te incorpores al sector productivo y, llegado cierto momento, cumplas tus obligaciones fiscales. Desde ahora, sacarlo es mucho más fácil, y más rápido.
Si eres mayor de edad, sólo necesitas tu CURP, conocer tu domicilio y una cuenta de correo electrónico.
  1. Ingresa al sistema de Inscripción en el RFC con CURP
  2. Ingresa tu CURP, tus datos de domicilio, tu correo electrónico
  3. Descarga tu Cédula de Identificación Fiscal, tiene tu RFC y un código de barras como el siguiente:

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Más fácil, más rápido

  • Puedes abrir una cuenta en el banco.
  • Puedes ser contratado por alguien que te pague como asalariado; él se hará cargo de reportar tus impuestos.
  • Puedes inscribirte al régimen de Incorporación Fiscal y comenzar un negocio desde cero, y nosotros te apoyaremos durante diez años para que sólo pagues una fracción de tus impuestos hasta que te fortalezcas.

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¿Por que todos quieren RFC?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) busca que a partir del próximo año sea obligatorio que todas las personas mayores de 18 años tramiten su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), esto para evitar, principalmente, que los jóvenes sufran el robo de identidad por parte de las llamadas factureras.

Es una medida preventiva contra las factureras ya que escogen a jóvenes de 18 años para crear una empresa que se dio de alta en una Notaria (.) Entonces, el dueño y socio de la presunta empresa tienen 18 o 19 años”, dijo Buenrosotro Sánchez en su comparecencia ante la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara baja.

Explicó, por ejemplo, que las empresas originadas por los “jóvenes” llegan a facturar 1,000 millones de pesos, además de que el presunto dueño cuenta con automóviles deportivos, propiedades, terrenos y envíos de dinero al extranjero. Entonces, cuando el SAT localiza a la persona en cuestión, constata que se trata de un robo de identidad.

¿Cuál es el RFC ejemplo?

Persona física – Se refiere a la persona con actividad empresarial que tiene derecho u obligación a declarar impuestos, Tengamos por ejemplo el siguiente RFC VECJ880326 XXX donde:

VE es la primera letra del apellido paterno más la primera vocal interna del apellido paterno. C es la inicial del apellido materno. De no existir un apellido materno se utiliza una (X). J es la inicial del primer nombre. Para evitar la formación de una palabra inconveniente, esta letra se reemplaza con una (X). 88 son los dos últimos dígitos del año de nacimiento. 03 es el mes de nacimiento. 26 es el día de nacimiento. Por lo tanto, en este caso puede deducirse que la persona nació el veintiséis de marzo de 1988. XXX es la homoclave, designada por el SAT a través de papel oficial ya designado, y depende de algunos factores que realiza el SAT por medio de un software alfanumérico.

¿Cómo sacar el RFC en línea gratis?

Cualquier persona física mayores de edad que cuenten con CURP puede tramitar el RFC, solamente se requiere llenar un formulario para conocerlo, desde la página del SAT. Tendrás que ingresar a la liga https://bit.ly/3aG2kHH y dar click en la opción INICIAR. Te solicitará que ingreses tu CURP para iniciar el proceso.

¿Cuál es el RFC para extranjeros?

An error occurred. – Try watching this video on www.youtube.com, or enable JavaScript if it is disabled in your browser. Actualmente muchos contribuyentes ya tienen presente la obligatoriedad de expedir CFDI por las operaciones que realicen, y las consecuencias que el Código Fiscal de la Federación (CFF) contempla cuando no se cumple con ello, o que, aunque se cumpla, se realice sin que se obedezca a todos los requisitos que el mismo código considera.

Ante esta situación es indispensable conocer los diferentes casos que se pueden presentar cuando se necesite emitir una factura electrónica, como el desconocimiento del RFC del receptor, cuyo dato es obligatorio según el artículo 29-A, fracción IV del Código Fiscal de la Federación (CFF) El emisor de la factura debe identificar al contribuyente con su RFC asignado por la autoridad fiscal.

Pero, que sucede cuando el receptor no cuenta con un RFC, ya sea porque es extranjero, no está dado de alta en el SAT, o simplemente la persona no solicito la factura, por lo que no proporciono su RFC, Entonces, técnicamente no sería posible emitir un CFDI si no se cuenta con una clave de RFC, ya que como se mencionó es un requisito para su timbrado.

Es entonces donde la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 se hace presente mediante la regla 2.7.1.23. la cual contempla el uso de la clave del RFC genérica en el CFDI que consistente en una clave estandarizada que proporciona el mismo SAT, diferenciando a las personas nacionales de las extranjeras.

El RFC genérico extranjero es: XEXX010101000 y es útil para la emisión de facturas o comprobantes fiscales de personas extranjeras, tanto físicas como morales. De esta manera gracias al RFC genérico es posible informar al SAT la operación cuando se ignore el RFC del receptor.

Pero expedir un CFDI con un RFC genérico por una acto o actividad realizada, no implica que dicha operación se realizó con el público en general, ya que, aunque también se utiliza un RFC genérico para su expedición, tiene otras características. Para entender mejor el concepto, primero es necesario entender que se considera al público general como cualquier persona a la que se levanta algún bien o servicio que no necesariamente tiene que estar dentro de algún régimen fiscal ; estas ventas se le informaran al SAT como ventas al público general.

Ahora bien, tomando en cuenta que no es posible quedarse sin comprobar los movimientos ante el Servicio de Administración Tributaria ( SAT ) en los casos en que se carezca de la figura de un receptor bien identificado es necesario ingresar un RFC genérico, pero para que el contribuyente no tenga que emitir un CFDI por cada operación realizada con el público en general, es posible elaborar una factura global de forma diaria, semanal o mensual.

Por lo tanto, un CFDI global es un documento que concentra todas aquellas operaciones con el público en general, que se realizan durante un determinado periodo de tiempo. Otro punto importante respecto a estas facturas globales es la necesidad de contar con comprobantes simplificados, es decir, un ticket que ayude a comprobar la existencia del acto que se realizó, y llevar un control de todas las operaciones con estas características, para que, al momento de expedir el CFDI global, se consideren todos los registros.

Los elementos que se deben consignar, entre otros, durante el llenado del CFDI global son los siguientes:

¿Cuándo se saca el RFC?

¿Cuándo se presenta el trámite de inscripción en el RFC? Dentro del mes siguiente al día en que inicies tus actividades económicas o cuando necesites inscribirte en el RFC.